Cuantas veces dejamos impuestos a favor que no compensamos por desconocimiento del procedimiento o por simple flojera de realizar el trámite, en perjuicio de nuestro cliente.
En este artículo que me gusto para ponerlo en mi
blog, te decimos como realizar paso por paso la compensación.
Qué es el aviso de compensación? ¿Cómo y cuándo se debe presentar ante el SAT? ¿Quién puede solicitar la Compensación de impuestos?
Pues bien, aquí habrá respuesta para todo eso y mucho más. Veamos primero qué es una compensación de impuestos, porque sin eso no podemos hacer mucho.
A saber, cuando abonamos un impuesto y al final nuestra declaración da menos del monto pagado, tenemos un saldo a favor que podemos utilizar para compensar con otros impuestos donde debamos pagar.
¿Qué es un aviso de compensación?
Pues bien, no podemos hacer lo que queramos sin avisar a la entidad reguladora que es el SAT. Para ello se creó el formato especial para Aviso de Compensación ante el SAT.
De esta manera, tenemos un plazo de 5 días tras realizar la compensación, o bien de acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC de conformidad con el siguiente listado, para presentar el aviso de compensación:
¿Qué necesito para dar aviso de compensación?
Si usted quiere dar aviso al SAT sobre la compensación de impuestos, deberá tener el formato 41 electrónico. Descargue este formato en la opción que le convenga:
Formato para Office 2007
Formato para Office 97-2003
Pasos a seguir para presentar el Aviso de Compensación
No espere un acuse de respuesta a su aviso, si lo presentó correctamente basta con el acuse de recepción en el que se le informa su número de caso (conformado con la siguiente estructura: “AV2009XXXXXXXX o AV2010XXXXXXX ”) , ya que con el envío de su aviso de compensación se considera cumplida la obligación a que hace referencia el Artículo 23 del Código Fiscal de la Federación.
Si su aviso presenta inconsistencias, falta algún dato o requisito, no podrá considerarse como presentado, por lo que el caso se cancelará y se le notificará a través del Apartado de Notas para que lo corrija y lo presente nuevamente.
Tenga en cuenta que este trámite también puede hacerse en las oficinas del SAT previa cita y llevando los requisitos que se presentaron en la compensación vía Internet.
Visto en: losimpuestos.com.mx