El cambio a la evolución de la era digital fue motivado por las grandes cadenas comerciales, quienes solicitaron al SAT allá por el año 2004, autorización para usar facturas electrónicas, ya que gran parte de sus sistemas estaban automatizados, y querían reducir costos de emisión y almacenamiento de facturas impresas en papel, esto motivo a la entidad federal a realizar grandes investigaciones en varios países para poder analizar e integrar a sus controles un sistema automático de facturación electrónica con los niveles de seguridad probados ya en otros países, tomando lo mejor de cada país para crear su propio diseño de seguridad y ahorrándose así también costos y facilidades en las revisiones de facturas electrónicas en lugar de las de papel.
Y llego el CFD una factura electrónica elaborada por los mismos contribuyentes, a través de sistemas adquiridos o elaborados con sus recursos propios, pero que no garantizaba la seguridad requerida, ya que podía ser manipulada por ellos mismos, y no se contaba con la capacidad para poder controlar las obligaciones que de ellos se derivaban como él envió del reporte mensual al SAT de las facturas emitidas mensualmente por los contribuyentes, por este concepto nunca conocí una multa impuesta a los que no cumplían con esta obligación fiscal.
Por fin encontraron la forma de controlar los ingresos y las deducciones de los contribuyentes a través de los Proveedores Autorizados de Certificación, conocidos comúnmente como “PAC” con quien el SAT ha firmado alianzas y son una figura auxiliar para la prestación de servicios en la emisión del Comprobante Fiscal Digital a través de Internet CFDI, que es sellado y timbrado por el PAC a través de diversas tecnologías y dispositivos enlazados con los sistemas de Registro Fiscal del SAT, y donde se van a poder consultar todas las facturas emitidas o recibidas por los contribuyentes, evitando con esto la gran evasión fiscal.
Ya solo les faltaba controlar un gasto muy importante de los contribuyentes, la Nómina es crucial en cualquier empresa, además de que se involucran varias leyes y reglamentos locales y federales, que no dudo se tomaran como información de enlace entre varios organismos gubernamentales para realizar cruces de información.
De acuerdo con lo aprobado por los legisladores federales en materia de Impuesto Sobre la Renta a partir de 2014 las empresas tendrán que timbrar con un Proveedor Autorizado de Certificaciones los recibos de nómina que entreguen a sus trabajadores, cumpliendo los mismos requisitos que un CFDI.
La fracción tercera del artículo 99 de la nueva Ley de Impuesto Sobre la Renta señala que será obligación de los patrones expedir y entregar comprobantes fiscales a las personas que reciban pagos por la prestación de un servicio personal subordinado, por salarios y demás prestaciones, en la fecha en que se realice la erogación. Estos CFDI “podrán utilizarse como constancia o recibo de pago para efectos de la legislación laboral”, señala dicho artículo.
Según datos de la Asociación Mexicana de Proveedores Autorizados de Certificaciones (AMEXIPAC), se estima certificar alrededor de 75 millones de recibos de nómina mensuales en el país, ya que según datos estadísticos del SAT reporta un registro de unos 25 millones de personas físicas en la modalidad de asalariados.
Consideramos que los tiempos son muy cortos para la difusión y capacitación del contribuyente, y la capacidad tecnológica que se requiere tanto para el contribuyente como la que actualmente tiene el SAT se vería rebasada, tomando en cuenta que también el número de PAC autorizados no sería suficiente para cubrir las necesidades requeridas para estas reformas, en fin esperemos que la implementación del CFDI se realice por escalas, tanto de la factura electrónica como de la nómina, solo nos queda esperar a la normatividad de las autoridades hacendarias.