OFICIO 500-05-2014-3997, por el que se deja sin efectos el Listado de contribuyentes que emitieron comprobantes fiscales que simulan operaciones inexistentes, publicado el 10 de enero de 2014, y por el que se notifica la presunción de operaciones inexistentes de conformidad con el artículo 69-B, primer y segundo párrafos del Código Fiscal de la Federación, respecto de los contribuyentes que se indican.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Auditoría Fiscal Federal.- Administración Central de Fiscalización Estratégica.- Oficio: 500-05-2014-3997.
Asunto: Se notifica la presunción de operaciones inexistentes de conformidad con el artículo 69-B, primer y segundo párrafos del Código Fiscal de la Federación, respecto a los contribuyentes que se indican.
El Administrador Central de Fiscalización Estratégica, adscrito a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 7, fracciones VII, XII y XVIII y 8, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, publicada en el Diario oficial de la Federación del 15 de diciembre de 1995, reformada por Decreto publicado en el propio Diario Oficial de la Federación del 12 de junio de 2003; 2 primer párrafo, apartado B, fracción III, inciso e); 10 primer párrafo, fracción I, en relación con el artículo 9 primer párrafo, fracción XXXVII y penúltimo párrafo, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre de 2007, y reformado mediante Decretos publicados el 29 de abril de 2010, 13 de julio de 2012 y 30 de diciembre del 2013 en el mismo órgano oficial; artículo tercero, fracción III, del Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a Servidores Públicos del Servicio de Administración Tributaria que en el mismo se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 7 de enero del 2014, así como en los artículos 33, último párrafo y 69-B, primer y segundo párrafos del Código Fiscal de la Federación, determina lo siguiente:
Se deja sin efectos la resolución contenida en el oficio 500-05-2014-1175 de fecha 8 de enero del 2014, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de enero del 2014, en consecuencia, dicha publicación no se tomará en cuenta para el computo del plazo a que se refiere el segundo párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, debiendo considerarse para tales efectos la publicación del presente oficio en el Diario Oficial de la Federación.
Por lo anterior, esta Administración Central notifica que derivado del ejercicio de las atribuciones y facultades conferidas en las disposiciones fiscales vigentes, esta unidad administrativa ha detectado que los contribuyentes que se listan en el presente oficio, emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes, razón por la cual se presume la inexistencia de las operaciones amparadas con dichos comprobantes.