La modificación al Artículo 69 del Código Fiscal de la Federación aprobado en la Reforma Hacendaria para el 2014, permite exhibir y/o consultar a los contribuyentes incumplidos.
A partir del 1º. De Enero del 2014 en el portal del SAT ya puedes consultar la publicación de los contribuyentes incumplidos, “estableciéndose excepciones a la reserva fiscal” (habría que ver cuáles son estas excepciones).
Esta clasificación la pueden consultar por Persona Física, Persona Moral, RFC, Nombre o Razón Social del Contribuyente, por entidad federativa, o simplemente una lista global, además tiene el siguiente detalle:
La adición del Artículo 69 B al Código Fiscal de la Federación, también permitirán que a partir del día 8 de Enero se den a conocer los datos de las empresas que simulan operaciones y emiten facturas apócrifas.
Puede ser que el SAT tenga algunos que no deben estar o les falte algunos que no ha subido, si apareces en la lista negra del SAT puedes generar tú línea de captura para pagar tus adeudos en la misma aplicación, o bien presentar una aclaración que resolverá el SAT en 3 días hábiles y si procede tú aclaración se eliminarán tus datos publicados en actualizaciones quincenales.
El SAT ya está cumpliendo lo que venia difundiendo de públicar a los contribuyentes incumplidos, les
sugiero se pongan al corriente porque esta lista las van a consultar como actualmente están consultando al buró de crédito, pero en este caso será un buró fiscal, un
contribuyente cumplido puede consultar a las personas físicas o morales con quien quiera realizar operaciones comerciales, para tener elementos para tomar la mejor decisión al momento de realizar
una transacción comercial, y si estas en esta lista, ¿Qué decisión crees que tome tú cliente?, además las facturas emitidas por los
contribuyentes de las listas negras no serán deducibles para efectos fiscales.
Agradeceré me dejes tús comentarios me serviran
para seguir escribiendo y compartiendo mis artículos fiscales.